A- de 2025
Ponente Lina Marcela Escobar Martínez
✓Demandante Decreto Legislativo 323 De 2025·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El Decreto Legislativo 323 de 2025 autoriza la entrega de ayudas humanitarias monetarias para la atención a las personas mayores en el marco del Estado de Conmoción Interior declarado en la Región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del Departamento del Cesar.
En dicho acto se dispuso que la fuente de financiación serían las apropiaciones adicionales que efectuara el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con ocasión a la mencionada declaratoria de conmoción interior, precisando que dependía directa y necesariamente de los recursos derivados de las medidas tributarias adoptadas en el Decreto 175 de 2025.
Lo anterior llevó a la Corte a advertir una nueva situación de prejudicialidad y, por ello, determinó que el juicio constitucional del Decreto Legislativo 323 debía aguardar el resultado del análisis del Decreto Legislativo 175, en tanto éste último es el que contiene las fuentes de financiación que hacen posible la atención humanitaria prevista en la primera norma y de la cual depende el alcance de los demás artículos que la integran.
Con base en lo anterior se SUSPENDIERON los términos procesales en el expediente de la referencia, la cual se mantendrá hasta el día hábil siguiente a la publicación del comunicado de prensa de la decisión que se adopte respecto del Decreto Legislativo 175 de 2025, momento desde el cual se reanudará la contabilización de términos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. SUSPENDER, a partir de la fecha, los términos procesales de control constitucional sobre el expediente RE-383, correspondiente al Decreto Legislativo 323 del 20 de marzo de 2025, "[p]or el cual se autoriza la entrega de ayudas humanitarias monetarias para la atención a las personas mayores en el marco del Estado de Conmoción Interior declarado mediante el Decreto 0062 de 2025, y se dictan otras disposiciones".
- SEGUNDO. DISPONER que esta suspensión se mantenga hasta el día hábil siguiente a la publicación del comunicado de prensa de la decisión que se adopte respecto del Decreto Legislativo 175 de 2025. A partir de ese momento, se reanudará la contabilización de términos.
- TERCERO. La Secretaría General de la Corte Constitucional realizará las anotaciones correspondientes en el expediente de la referencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.